A- de 2014
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Sin Información·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Corregir literal de anexo de la sentencia C-313/14
- Aplicación del artículo 310 del Código de Procedimiento Civil
- Corrección en cualquier tiempo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se corrige el literal f) del artículo 15 del anexo de la sentencia C-313/14, porque se incorporó en él un contenido que no fue sometido a control de la Corte, lo que puede generar equívocos en el futuro.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. Para todos los efectos, dentro de la Sentencia C-313 de 2014, el texto del literal p) del Proyecto de Ley Estatutaria No. 209 de 2013 Senado y 267 Camara "por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental a la Salud y se dictan otras disposiciones", incluido el contenido del anexo de la providencia, es el siguiente:
- "A que no se le trasladen las cargas administrativas y burocraticas que les corresponde asumir a los encargados o intervinientes en la prestacion del servicio".
- Segundo. Corregir el texto del Auto 377 de 2014 por lo que donde se alude al paragrafo 1o del articulo 15 se entendera que se trata del paragrafo 1o del articulo 10.
- Tercero. Ordenar a la Relatoria de esta Corporacion, que adjunte copia del presente auto a la sentencia respectiva, con el fin de que sea publicado junto con ella en la Gaceta de la Corte Constitucional correspondiente.
- Cuarto. Ordenar a la Secretaria General de la Corte, que envie copia del presente auto a todas las autoridades a las que se les comunico la sentencia de la referencia.
- Notifiquese, publiquese, comuniquese e
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.